Las cifras que arroja el mes de agosto en cuanto al considerable aumento de los brotes y contagios en la región han llevado a la Junta de Castilla y León a adoptar nuevas medidas de prevención y control encaminadas a impedir la expansión de la Covid-19 y a la contención de la pandemia en la Comunidad.
Del conjunto de medidas contempladas en el Acuerdo 46/2020 de 20 de agosto, los cambios que afectan al ámbito eclesiástico se circunscriben a la limitación de aforos. De esta forma, la asistencia a las iglesias no podrá superar el 50% de su aforo, garantizando debidamente el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal. No obstante, podrá utilizarse el exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de público, previa autorización por la autoridad competente.
En cuanto a las ceremonias nupciales o celebraciones que se lleven a cabo en lugares de culto, las reglas de aforo y medidas de prevención serán las mismas recogidas en el párrafo anterior.
En lo referente a los velatorios, podrán realizarse en todo tipo de instalaciones con un aforo máximo del 50%, garantizando asimismo la distancia de seguridad. La participación de la comitiva para el enterramiento se restringe a 50 personas máximo, además de la persona encargada de oficiar el acto de despedida del fallecido.
Finalmente, se recuerdan las medidas ya establecidas con el fin del estado de alarma y que deben observarse con especial atención:
- Uso obligatorio de mascarilla durante el transcurso de la celebración, prestando especial atención a la entrada y salida de la iglesia y a los desplazamientos en el interior entre espacios comunes. Debe mantenerse la distancia interpersonal de seguridad en todo momento
- Diariamente deberán realizarse tareas de desinfección de los espacios dedicados al culto y de manera regular se reforzará la desinfección de los objetos que se tocan con mayor frecuencia
- Organización de entradas y salidas para evitar aglomeraciones de personas en los accesos
- Se pondrán a disposición de los feligreses dispensadores de gel hidroalcohólico en lugares visibles a la entrada del templo
- No se permitirá el uso de agua bendecida
- Se facilitará la distribución de los asistentes en el interior del templo señalizando, si fuera necesario, los asientos o zonas utilizables en función del aforo permitido
- Se limitará al menor tiempo posible la duración de las celebraciones
- Durante la celebración, se deberá evitar el contacto personal, así como tocar o besar objetos de devoción
- En el caso de actuaciones de coros en las celebraciones, deberán situarse a más de 4 metros del resto de feligreses y mantener distancia interpersonal entre los integrantes
Este conjunto de disposiciones “producirá efectos desde las 00.00 horas del 22 de agosto de 2020, y mantendrá su eficacia mientras dure la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19” (Acuerdo,4º).